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A 19 AÑOS DEL CRIMEN, UN DOCENTE DIJO SABER
QUIENES VIOLARON Y MATARON A NAIR MOSTAFA
Pasado imperfecto
Pocos días atrás, y a diecinueve años
de la violación y muerte -aún impune-, de la pequeña
Nair Mostafá, el docente Marcelo Sancineto se presentó en
la Estación Policial local afirmando saber quiénes son los
culpables del aberrante hecho. Si bien la causa está cerrada desde
hace tres años, el último juez que la tuvo entre manos,
José Luis Ares, recibió los aportes y se apresta a analizarlos.
A continuación, y a solicitud de "El Periodista", el
doctor Guillermo Torremare, autor junto al licenciado Andrés Vergnano
de un libro sobre el crimen, vierte su opinión sobre las últimas
novedades, que han devuelto protagonismo al caso policial más resonante
de la historia de Tres Arroyos
Por Guillermo Torremare (*)
"Sin pistas en la mano, la pesquisa policial se
sustentó en el olfato, el aporte de elementos aislados -no siempre
creíbles-, y el azar. Por si fuera poco, los peritajes -tres autopsias
sobre el cuerpo de Nair-, arrojaron resultados disímiles, incluyendo
en la última necropsia la aparición de droga. Por transición,
lo expuesto se trasladó a la lenta e infructuosa investigación
policial.
La endeblez de elementos llevó a la detención de personas
por el solo hecho de ser -a juicio de la policía-, de dudosa moral,
o por resultar con características similares a un identikit dictado
por dos menores, que luego se supo habían mentido. En los primeros
doce días de la investigación hubo doce detenidos, uno por
día.
Tres -Jorge Carmelo Piacquadío, Jorge Alberto Meglia y Santiago
Esteban Dalimier-, fueron los sospechosos centrales.
De modo paralelo, por momentos, dos jueces entendieron en la causa Mostafá.
Uno de ellos, Luis Armando Balaguer, protagonizó un verdadero show.
Fue destituido mediante juicio político y condenado a prisión
por la comisión de delitos comunes. El otro, José Leopoldo
Velásquez, enfrentó con éxito un jury de enjuiciamiento
promovido por Liliana Fuentes.
En enero de 1998, como para cerrar el círculo, el joven Fernando
Ignacio Bayugar se presentó en la Comisaría 1ª de Tres
Arroyos adjudicándose el homicidio de Nair. Si bien sirvió
para reactualizar la causa, el juez Enrique José Montironi señaló
su inimputabilidad al diagnosticársele esquizofrenia paranoide
y dictó la falta de méritos al no encontrar elemento alguno
que lo vincule al hecho.
Con la profunda reforma introducida al Código de Procedimientos
Penal de la provincia, puesta en marcha el 28 de septiembre de 1998, el
frondoso expediente 61.902, caratulado 'Mostafá, Nair, víctima
de violación y homicidio en Tres Arroyos', deberá ser investigado
por uno de los nuevos juzgados creados, llamados 'de transición'
No obstante, más allá de la labor que el magistrado pueda
desarrollar, nada hace suponer que se esté en condiciones de reencausar
una seria investigación que conduzca al culpable definitivo.
Nair será dos veces víctima: de un verdugo cuyo nombre no
conocemos y de un sistema que no tuvo la capacidad para revelar esa identidad
desconocida".
Así, hace exactamente diez años, finalizaba
el prólogo de "Nair Mostafá, verdad y justicia",
el libro que escribimos con el licenciado Andrés Vergnano para
mostrar lo que había ocurrido, sostener la memoria y denunciar
la impunidad.
Lamentablemente, en contra de lo que hubiésemos deseado, la predicción
se cumplió. Si bien alguno de los nuevos jueces que tuvo la causa
intentó -con poco compromiso y menos elementos-, la búsqueda
de pistas que permitieran avanzar, el paso del tiempo había sepultado
todo indicio utilizable con ese propósito.
Luego de pasar por el juzgado del doctor Montironi, el expediente fue
remitido a Tres Arroyos para que el magistrado local, Bernardo Bibel,
lo continúe. Este se excusó con el correcto argumento de
que su tribunal no existía al momento del crimen. Sus superiores
le dieron razón, devolviendo la causa al primero. Un tiempo después,
reforma procesal mediante, se designó a Miguel Adrover, quien tiempo
después también se excusó, recalando finalmente en
el Juzgado del doctor José Luis Ares.
Hacia julio de 2000 se dio a conocer que con nuevos métodos científicos
se podría determinar a quién correspondían valiosos
elementos encontrados junto al cuerpo sin vida de Nair, y con ello se
descubriría al asesino. La expectativa duró poco, dado que
las muestras oportunamente secuestradas -nunca se aclaró concretamente
a qué cosa correspondían-, por haber sido mal preservadas
en la Comisaría local, no estaban en condiciones de ser analizadas.
Sin nada para hacer, en 2002, el juez Ares dispuso la prescripción
de la causa. La Cámara de Apelación revocó esa decisión,
expresando que aún faltaban tres años para ello. Previsiblemente,
ese tiempo transcurrió inútil.
En mayo de 2005, ahora sin oposición, el magistrado mandó
el expediente al archivo, sin que se volviera a hablar del mismo.
En 2008, la sorpresiva aparición del docente Marcelo Sancineto
en la Estación Policial de Tres Arroyos señalando tener
pruebas concretas sobre la autoría del crimen, devolvió
protagonismo al caso. Poco se sabe de lo aportado, mas las declaraciones
periodísticas del denunciante, no exentas de fantasía -entre
otras cosas dice poder reconocer la pertenencia de vello púbico-,
no hacen presumir que estemos en camino de un acercamiento a la justicia.
La irrazonable demora en formular la presentación -doce años
después de acceder a la información y las pruebas, según
sus dichos-, las alegadas pero inexplicadas presiones para tener tal actitud
y la recurrencia a una pista ya investigada y descartada -Dalimier y dos
desconocidos-, también conspiran en contra de la posibilidad seria
y cierta de averiguar la verdad de lo sucedido.
La mamá de Nair y su abogado, en forma inmediata a conocer la noticia
de lo aportado por Sancineto, expresaron alegría y auguraron que
todo conduciría a determinar la culpabilidad de Meglia, quizá
el personaje mas y mejor investigado en la causa, desprocesado junto a
Dalimier por la Cámara Federal bahiense en 1991 y nunca mas aludido.
Lo ahora denunciado ya está en poder del juez Ares. Esos elementos
-y también la personalidad de Sancineto-, serán evaluados
por el magistrado. El grado de veracidad que presenten será el
parámetro que tomará para determinar si se investigan los
nuevos aportes o se descartan sin más trámite.
Aún en el más optimista de los pronósticos en torno
a la credibilidad que puedan generar los datos traídos por el docente,
la causa no podrá ser reactivada. El correcto dictado de la prescripción
(ver recuadro) lo impide.
Pronto el tema volverá a olvidarse, como olvidado estaba hasta
la tardía aparición de Sancineto. Tres Arroyos parecería
haberse desentendido de la niña que puso al descubierto la corrupción
e ineficacia de su policía y la ineptitud de su justicia, que invitó
a la gente a ocupar calles y plazas para quejarse de lo mal hecho y reclamar
por lo debido. En toda la ciudad no hay una placa que guarde su memoria.
Después de tanto fracaso, es lo menos que merece.
(*) Abogado, autor -junto al licenciado Andrés
Vergnano-, del libro "Nair Mostafá, verdad y justicia",
editado por "El Periodista de Tres Arroyos" en 1998
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Sobre la prescripción de la causa
El Estado tiene un plazo para perseguir la
sanción de los delitos. Si ese tiempo transcurre sin haber
enjuiciado a alguien, su potestad vence, no pudiendo llevar a juicio
-y por ende castigar-, a quien aparezca como sospechoso después
de pasado el lapso.
El plazo es distinto para cada delito. Cuanto más grave es
el delito, mayor pena prevé su sanción y mayor es
el plazo que debe transcurrir para que prescriba. Comienza a contarse
desde el día en que el delito se cometió y se extiende,
como máximo, por quince años. En especiales ocasiones
ese plazo puede interrumpirse.
Este principio se aplica a todos los delitos, a excepción
de los llamados de lesa humanidad, que son aquellos cometidos por
representantes del Estado -en general sus fuerzas armadas y de seguridad-,
que se cometen como parte de un ataque generalizado a la sociedad
civil o a una parte de ella y que por su gravedad implican un agravio
no sólo para las víctimas sino para toda la comunidad
internacional. Por ello sus responsables pueden ser juzgados en
cualquier Estado. Las torturas, la desaparición forzada de
personas, el apartheid, el genocidio y la deportación, son
algunos de ellos.
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